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reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz
   de adolescentes y en el mejoramiento del clima escolar.
 Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas
   conductas que atentan contra la convivencia escolar
 Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas
   generadoras de situaciones de violencia escolar.
 Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social, relacionadas con la
   convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y
   reproductivos.
 Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de
   transmisión sexual.

               DEFINICIÓN, NATURALEZA, CONFORMACIÓN, VIGENCIA Y FUNCIONAMIENTO

Naturaleza: El Comité de Convivencia Escolar, es un órgano de participación de todos los
estamentos de la comunidad educativa orientado a la promoción, prevención, detección, atención
y seguimiento de todas aquellas conductas que atenten contra la convivencia escolar, la
ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes al
interior de la institución educativa.

Carácter Obligatorio: La conformación del Comité de Convivencia Escolar es de Carácter Obligatorio y así
deberá registrarse en el Proyecto Educativo Institucional y en el Manual de Convivencia, conforme lo
preceptuado en la ley 1620 y el decreto 1965 de 2013

                                                     CONFORMACIÓN:

CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA: El comité escolar de
convivencia estará conformado por:
ï‚· RECTORA
 DIRECTORA DE EDUCACIÓN CRISTIANA O SU DELEGADO
ï‚· PERSONERO ESTUDIANTIL
ï‚· COORDINADOR(A) DE CONVIVENCIA
ï‚· EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
ï‚· EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
ï‚· EL DOCENTE COORDINADOR DE GRADO

PRESIDENTE DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: La Rectora será la presidenta del comité
escolar de convivencia. En ausencia de la Rectora, presidirá el docente que lidera procesos o estrategias
de convivencia y que hace parte del respectivo comité (Coordinador de Convivencia)

FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA: Son funciones del comité:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y

     estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de

     ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y
     mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de
     convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las
     necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la
     convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio
     cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la

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